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Calcular boleta de honorarios

Escrito por Dani y Fer | 25-04-2023 14:30:00

Seas o no trabajador independiente o pequeño emprendedor, es probable que hayas escuchado hablar de la emisión y gestión de boletas de honorarios.

Y si bien es un término muy conocido en nuestro país, no siempre se tiene completa claridad de su significado y la importancia de este documento, es por eso que hoy hablaremos en profundidad de todo lo que tienes que saber 👇.

 

¿Qué es una boleta de honorarios?

📄Es un Documento Tributario Electrónico que tiene como objetivo respaldar pagos por servicios esporádicos de forma independiente.

Estos servicios son generalmente realizados por personas que desarrollan actividades lucrativas en particular y no son necesariamente parte de la organización. También se incluyen las sociedades profesionales.

Cuando un trabajador independiente no cuenta con un inicio de actividades y no puede realizar boletas, es la organización quien se encarga de realizar una boleta de prestaciones de servicios a terceros.

Actualmente en 2023, a quienes emitan este documento, se deberá retener el 13% del monto, y la retención irá aumentando año tras año, llegando a un 17% en el 2028.

 

¿Cómo se calcula la retención de honorarios?

Cómo calcular el monto de una boleta de honorarios dependerá del tipo de acuerdo que tenga el trabajador independiente con quien solicita su servicio, y puede ser de dos formas.

💰 Quien recibe la boleta de honorarios retiene el impuesto, el cual es declarado y pagado por medio del Formulario N 29 correspondiente a la organización.

💰 Quien emite la boleta se encarga de retener, declarar y pagar el impuesto por medio del F29.

Es importante considerar que el pago del impuesto deriva del cobro del servicio, por lo que se recomienda, antes de entregar un precio, analizar cuánto se desea recibir en líquido.

Te dejamos una calculadora donde podrás sacar el monto líquido y bruto para una boleta 👉 https:/cymasuite.com/boletas-honorarios

 

¿Cómo hacer una boleta de honorarios?

El trámite se hace a través del portal del SII. Es importante tener cierta información del receptor:

✍️ Nombre
✍️ Rut
✍️ Dirección
✍️ Teléfono
✍️ Detalle de los servicios prestados
✍️ Monto exacto

 

¿Quiénes deben cumplir con esta retención?

Quizás alguna vez escuchaste que no todas las instituciones u organizaciones están obligadas a cumplir con las retenciones mencionadas anteriormente. Pero pon atención, que si bien es cierto, se podrían estar infringiendo errores.

Todas las entidades fiscales, semifiscales de administración autónoma, municipalidades y personas jurídicas que obtienen rentas de primera categoría y están obligadas a llevar una contabilidad, deben cumplir con la retención.

 

¿Los honorarios son afectados por algún impuesto?

¡Sí! Por el Impuesto Global Complementario durante abril todos los años, el cual debe ser declarado en el Formulario 22 de Renta.

Las rentas que deben tributar este impuesto deben exceder los $4.817.718. Si el honorario total del año es mejor o igual, el profesional no se vería afectado por el impuesto y en ese caso, se haría la devolución del 100% de los montos retenidos.

¡Esperamos que la información haya sido útil!