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Ley Karin: contra el acoso laboral en Chile

Escrito por Javiera Acuña | 15-02-2024 15:15:00

La Ley N° 21.643 que Modifica el Código del Trabajo y otros Cuerpos Legales en Materia de Prevención, Investigación y Sanción del Acoso Laboral, Sexual o de Violencia en el Trabajo, busca mejorar los estándares en estas materias, en línea con el convenio 190 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo).

Todos los detalles de esta nueva Ley, te los contamos acá.

Lo que debes saber sobre esta ley:

Introduce una serie de modificaciones al Código del Trabajo, entre ellas, elimina la necesidad de actos reiterados para configurar el acoso laboral.

En razón de lo anterior, el acoso laboral es ahora definido como: ‘’Cualquier conducta que constituya agresión u hostigamiento ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores, en contra de otro u otros trabajadores, por cualquier medio, ya sea que se manifieste una sola vez o de manera reiterada y que tenga como resultado el menoscabo, maltrato o humillación, o amenace o perjudique la situación laboral u oportunidades de empleo del afectado”.

Además, se establece el concepto de "Violencia en el trabajo” que es aquella ejercida por terceros ajenos a la relación laboral, que afecta a los trabajadores con ocasión de la prestación de servicios, pudiendo provenir estas conductas de parte de clientes, proveedores, usuarios u otras personas con quienes el trabajador deba relacionarse en razón de sus labores.

Compromiso organizacional en la prevención del acoso

El compromiso de los empleadores será fundamental y deberán realizar una serie de acciones enfocadas en la prevención del acoso, a través de la implementación de un protocolo con medidas de resguardo en esta materia y las sanciones aplicables a los casos de acoso y violencia en el trabajo. Este protocolo será obligatorio para todo tipo de empleadores, sin importar su tamaño. 

Además, la ley establece la obligación para los empleadores de crear y visibilizar canales y espacios para que los trabajadores puedan denunciar situaciones de acoso propias o de terceros.  Estos canales deberán ser informados a los trabajadores semestralmente por el empleador.

Las áreas de recursos humanos pueden ser un gran aporte en la materia, potenciando una cultura organizacional positiva.

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