La gestión de las remuneraciones requiere mantener un control preciso sobre los pisos salariales y las obligaciones que establece la legislación laboral. En Perú, la remuneración mínima vital (RMV) constituye una referencia central para la administración de los salarios dentro del régimen laboral de la actividad privada.
Conocer cuánto es la RMV en Perú y cómo se aplica permite mantener una gestión de planilla alineada con la normativa, además de considerar correctamente los beneficios laborales asociados a la remuneración.
La remuneración mínima vital en Perú vigente es de S/ 1.130 mensuales para los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada que cumplen una jornada ordinaria completa.
Este monto fue establecido mediante el Decreto Supremo N.° 006-2024-TR, publicado el 28 de diciembre de 2024, y tiene eficacia desde el 1 de enero de 2025. Por ello, el sueldo mínimo en Perú 2026 se mantiene en S/ 1.130 mensuales, mientras no se apruebe una nueva modificación normativa.
El salario mínimo en Perú, DS 006-2024-TR representó un incremento de S/ 105 respecto de la RMV anterior, que era de S/ 1.025. Así, durante 2026, este valor continúa siendo la referencia para determinar la remuneración mínima de los trabajadores comprendidos en el régimen laboral de la actividad privada.
En términos prácticos, la RMV sector privado en Perú funciona como el piso que debe respetarse al determinar la remuneración de los trabajadores comprendidos en este régimen.
La RMV corresponde a los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada que cumplen una jornada ordinaria de trabajo.
Por ello, el análisis de la remuneración mínima debe considerar las características de cada relación laboral. La jornada, el régimen aplicable y la naturaleza de los conceptos pagados pueden influir en la forma en que la empresa debe gestionar la remuneración.
El monto de S/ 1.130 no depende del tamaño de la empresa, por tanto, las pequeñas empresas y las microempresas sujetas al régimen laboral correspondiente deben respetar la RMV aplicable.
Para verificar el cumplimiento de la RMV, no basta con revisar únicamente el sueldo consignado como básico. Es necesario analizar los conceptos que recibe regularmente el trabajador y determinar cuáles tienen naturaleza remunerativa:
El sueldo básico constituye el principal componente de la remuneración. A este pueden sumarse determinados conceptos remunerativos que, de acuerdo con sus características y la legislación aplicable, forman parte del ingreso computable para efectos laborales.
Por esta razón, las empresas deben revisar la composición de cada remuneración antes de determinar si cumplen con el ingreso mínimo exigido.
No todos los pagos realizados al trabajador pueden utilizarse para acreditar el cumplimiento del salario mínimo. Los conceptos que tienen una naturaleza distinta a la remuneración no deben emplearse automáticamente para completar la RMV.
En consecuencia, Recursos Humanos debe diferenciar los conceptos remunerativos de aquellos que corresponden a beneficios, compensaciones o pagos sujetos a reglas específicas.
La remuneración mínima vital (RMV)corresponde al régimen laboral de la actividad privada, pero existen actividades y regímenes que cuentan con reglas particulares sobre la forma de determinar la remuneración:
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Régimen Laboral |
Remuneración Mínima / Base Legal |
Particularidades Salariales |
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Régimen General (MYPE y Gran Empresa) |
S/ 1,130.00 mensuales |
Aplica para jornada completa (8h diarias / 48h semanales). Mismo piso salarial sin importar el tamaño de la empresa. |
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Agrario (Ley N.° 31110) |
S/ 1,130.00 + Remuneración Diaria (RD) según Ley |
Incluye la Remuneración Diaria (RD) y la Beta (Bonificación Especial por Trabajo Agrario), además del pago proporcional de gratificaciones y CTS si se opta por la RD integradora. |
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Construcción Civil |
Según tabla de Jornales Básicos (CAPECO / FTCCP) |
Los sueldos se negocian colectivamente por categoría (Operario, Oficial, Peón) y superan el valor de la RMV general. |
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Trabajadores del Hogar (Ley N.° 31047) |
S/ 1,130.00 mensuales |
Se aplica la RMV para jornada completa de trabajo. Se prohíbe el pago en especie como parte de la RMV. |
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Minero |
RMV + 25% (S/ 1,412.50 mínimo) |
El ingreso del trabajador minero no puede ser menor a la RMV vigente incrementada en un 25%. |
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Nocturno (22:00 a 06:00 hrs) |
RMV + 35% (S/ 1,525.50 mínimo) |
La remuneración mínima para trabajadores en horario nocturno no puede ser inferior a la RMV con una sobretasa del 35%. |
El tamaño de una empresa no reduce por sí mismo la RMV. Las diferencias entre empresas pueden encontrarse en otros derechos y beneficios laborales establecidos por el régimen aplicable.
Por ello, las áreas de Recursos Humanos deben identificar correctamente a qué régimen laboral pertenece cada trabajador antes de procesar su remuneración.
El incremento de la RMV no afecta únicamente el sueldo que recibe directamente el trabajador. También puede modificar determinados conceptos vinculados a la remuneración mínima y, por tanto, tener un impacto en los costos laborales de la organización.
Un ejemplo es el aporte mínimo al Sistema Nacional de Pensiones para determinados trabajadores. La ONP informó que, tras el incremento de la RMV a S/ 1.130, el aporte facultativo mínimo al SNP pasó a S/ 147, equivalente al 13% de una RMV.
Por esta razón, cualquier modificación del salario mínimo debe ser considerada en la planificación y procesamiento de la nómina.
Gestionar correctamente el sueldo mínimo en Perú en 2026 requiere mantener actualizados los parámetros laborales y revisar la composición de las remuneraciones en cada periodo.
El módulo de Remuneraciones de Talana permite automatizar procesos de planillas y centralizar la información necesaria para gestionar los pagos de los trabajadores.