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Liquidación beneficios sociales en Perú

Javiera Acuña
Javiera Acuña

En el Perú, al momento de finalizar una relación laboral, ya sea por despido o renuncia, se debe hacer el pago de beneficios sociales. De esta manera el gobierno puede asegurar que el colaborador, al momento de cese de relación laboral, recibe las compensaciones que le corresponden por ley.

¿Cuáles son los beneficios sociales que se incluyen en la liquidación?

Al momento de terminar el vínculo laboral, se consideran diferentes conceptos para el cálculo de liquidación de beneficios sociales:

1. Compensación por tiempo de servicios (CTS)

Este monto es acorde al tiempo de servicio prestado por el trabajador y se paga al trabajador dos veces al año (mayo y noviembre). ¿Quieres saber cómo calcularla? 👇🏼

Suma la remuneración mensual del trabajador, un sexto de la gratificación* y la asignación familiar.

Divide el resultado entre 12.

Multiplica este valor por el número de meses trabajados pendientes de pago de CTS.

La fórmula es la siguiente: CTS trunca = (remuneración + ⅙ de la gratificación + asignación familiar) / (12 x meses laborados)

*La gratificación es un beneficio económico obligatorio, que se entrega dos veces al año a los trabajadores del sector privado.

2. Descanso vacacional

Aquí se debe considerar el monto por los descansos no tomados como la remuneración correspondiente al periodo vacacional del último año trabajado. También se debe incluir el pago por las vacaciones truncas acumuladas*.

*Las vacaciones truncas se producen cuando un trabajador termina la relación laboral con su empleador antes de cumplir un año. Se debe pagar una remuneración vacacional proporcional a los meses y días trabajados.

3. Gratificaciones legales

Por ley, los empleadores deben pagarlas dos veces al año: en julio por Fiestas Patrias y en diciembre por Navidad. La gratificación equivale a una remuneración completa si el colaborador trabajó durante todo el semestre correspondiente.

Gratificaciones truncas

Cuando un trabajador termina el vínculo antes de completar el semestre, se debe abonar una gratificación proporcional, que se conoce como gratificación trunca. Se calcula tomando un sexto de la remuneración mensual por cada mes calendario completo trabajado en el semestre.

Bonificaciones extraordinarias

Si el trabajador está asegurado en EsSalud, le corresponde un 9% adicional sobre la gratificación trunca, y si el trabajador está afiliado a una Entidad Prestadora de Salud (EPS), la bonificación es del 6.75% de la gratificación trunca.

4. Remuneración pendiente de pago

¿Qué significa este concepto? Tal como su nombre lo dice: todos los salarios o pagos que aún no han sido abonados al trabajador al momento del desvinculo.

5. Participación en las utilidades

Las utilidades son un beneficio económico distribuido entre los colaboradores de una empresa, representando su participación en las ganancias netas obtenidas. Al momento de pagar la liquidación, se deben considerar las utilidades que le corresponden (si este beneficio social aplica).

Otros beneficios

Cada empresa es diferente y todas tienen distintos beneficios, por lo mismo no puedes olvidar los pagos pendientes que tiene el trabajador según la política interna.

Después de definir los conceptos a pagar, se debe crear un documento con los beneficios sociales calculados. Ambos deben firmar este papel. Debe incluir el monto total a pagar (Suma de la CTS, las vacaciones no tomadas y las gratificaciones truncas).

La liquidación tendrá que ser pagada en un plazo máximo de 48 horas después de haber terminado el vínculo laboral.

Si no se cumple con el plazo, se generarán intereses, además de ser considerado como una falta grave ante una inspección laboral.