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Gratificación Legal en Chile 2026 : Qué es y cómo calcularla

Óscar Esquivel
Óscar Esquivel

La gratificación legal es uno de los beneficios laborales contemplados en la legislación chilena y forma parte de las obligaciones que muchas empresas deben considerar dentro de la gestión de remuneraciones. Sin embargo, su aplicación suele generar dudas, especialmente respecto a cuándo corresponde pagarla, qué método de cálculo utilizar y cuáles son los límites establecidos por la normativa.

Comprender cómo funciona este beneficio es fundamental para asegurar el cumplimiento legal y una administración de remuneraciones precisa.


¿Qué es la gratificación legal en Chile?

La gratificación legal en Chile es un beneficio económico obligatorio que todo empleador debe pagar a sus trabajadores. El Código del Trabajo establece, en sus artículos 47 al 52, las condiciones bajo las cuales corresponde este beneficio.

Su objetivo es que los trabajadores participen en las ganancias de la empresa. No es un bono discrecional, sino un derecho a recibir una parte de las utilidades cuando se cumplen los requisitos que establece la ley.

La obligación de pagar la gratificación recae sobre aquellos empleadores que cumplan de forma simultánea con los siguientes requisitos:

  • Giro o actividad comercial: Debe tratarse de establecimientos mineros, industriales, comerciales, agrícolas o cualquier otra actividad, incluidas las cooperativas, que persiga fines de lucro.
  • Obligación contable: El empleador debe estar obligado por ley a llevar libros de contabilidad para registrar sus movimientos financieros.
  • Obtención de utilidades: La empresa debe haber generado utilidades líquidas o excedentes líquidos durante su ejercicio comercial anual.

 

Artículo 47 vs. Artículo 50: los dos métodos de cálculo

La legislación laboral establece dos metodologías para calcular la gratificación, permitiendo al empleador elegir libremente cuál de ellas aplicar, aunque la mayoría opta por la modalidad del Artículo 50 del Código del Trabajo debido a su mayor predictibilidad:

 

 

Artículo 47

Artículo 50

Base de cálculo

30% de utilidades líquidas de la empresa

25% del sueldo imponible del trabajador

Tope

Sin tope individual

4,75 IMM anuales ($2.629.377 en 2026)

Depende de utilidades

Sí — si no hay utilidades, no hay gratificación

No — se paga igual, independiente del resultado

Cuándo se paga

Una vez al año, tras balance contable

Mensualmente o al año; pacto en contrato

Más común en

Empresas grandes con utilidades variables

PyMEs y empresas con contrato colectivo

 

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Cómo calcular la gratificación legal 2026 (paso a paso)

Para calcular este beneficio de forma correcta y sin complicaciones, solo debes seguir estos sencillos pasos:

Elemento

Valor 2026

Ingreso Mínimo Mensual (IMM) vigente

$553.553 (desde mayo 2026)

Tope anual Art. 50 (4,75 × IMM)

$2.629.377

Tope mensual (÷ 12)

$219.115

Base de cálculo (Art. 50)

25% de remuneraciones imponibles del mes

Quién la paga

Todo empleador con contabilidad que obtiene utilidades

Plazo máximo de pago

Hasta el 30 de abril del año siguiente (o mensualmente)

Valores base vigentes

Fórmula Art. 50 — Cálculo mensual

 

Gratificación mensual = 25% × remuneración imponible del mesSi el resultado supera $219.115, se paga el tope.

Ejemplo 1 — Sueldo bajo el tope

  • Sueldo base imponible: $700.000
  • 25% × $700.000 = $175.000
  • ¿Supera el tope de $219.115? No.
  • Gratificación a pagar: $175.000

Ejemplo 2 — Sueldo sobre el tope

  • Sueldo base imponible: $1.200.000
  • 25% × $1.200.000 = $300.000
  • ¿Supera el tope de $219.115? Sí.
  • Gratificación a pagar: $219.115 (el tope)

Ejemplo 3 — Sueldo mínimo 2026

  • Sueldo mínimo vigente: $553.553
  • 25% × $553.553 = $138.388
  • ¿Supera el tope? No.
  • Gratificación a pagar: $138.388

Importante: la gratificación es imponible cuando se paga mensualmente. Esto significa que sobre ella también se calculan los descuentos de AFP, salud y cesantía.

 

Gratificación proporcional: qué pasa cuando el trabajador no completó el año

Los trabajadores que ingresan durante el año o que dejan la empresa antes de diciembre tienen derecho a una gratificación proporcional a los meses trabajados.

 

Fórmula gratificación proporcional

Gratificación proporcional = (Meses trabajados / 12) × Tope anual

Meses trabajados

Fracción del año

Tope proporcional (Art. 50)

1 mes

1/12

$219.115

3 meses

3/12

$657.344

6 meses

6/12

$1.314.689

9 meses

9/12

$1.972.033

12 meses (año completo)

12/12

$2.629.377

 

¿Se cuentan meses completos o días?

Se cuentan los meses efectivamente trabajados. Si el trabajador ingresó el 15 de marzo, ese mes generalmente se cuenta como mes completo si trabajó más de la mitad.

¿Cuándo debe pagarse la gratificación?

 

Modalidad mensual

Si la empresa optó por el Art. 50 con pago mensual lo que debe quedar establecido en el contrato de trabajo o convenio colectivo, la gratificación se incluye en cada liquidación de sueldo del mes. No hay un pago especial en julio: se paga mes a mes junto al sueldo.

Modalidad anual

Si la empresa paga la gratificación una vez al año (modalidad Art. 47 o Art. 50 anual), el plazo máximo para pagarla es el 30 de abril del año siguiente al ejercicio comercial. Por ejemplo, la gratificación del año comercial 2025 debe pagarse a más tardar el 30 de abril de 2026.

 

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¿Por qué julio es clave?

En julio se concentran varias situaciones que generan consultas sobre gratificación:

  1. El nuevo IMM entró en vigencia en mayo, lo que obliga a recalcular el tope gratificación 2026 para los meses siguientes.
  2. Algunas empresas que pagan semi-anualmente (junio y diciembre) procesan el pago en julio.
  3. Las áreas de RRHH actualizan sus procesos de remuneraciones para reflejar el tope actualizado.
  4. Trabajadores que ingresaron en enero y han completado 6 meses tienen derecho a gratificación proporcional si se van.

 

Recalcular la gratificación con el nuevo IMM de mayo 2026

A partir del 1 de mayo de 2026, el Ingreso Mínimo Mensual asciende a $553.553, lo que aumenta el tope de la gratificación legal bajo la modalidad del Artículo 50 a $219.115 mensuales.

Para aplicar esta actualización de forma correcta en la nómina, se deben considerar los siguientes aspectos clave:

  1. Sin efecto retroactivo: No se deben recalcular los meses anteriores (enero a abril de 2026), ya que el tope se rige estrictamente por el sueldo mínimo vigente al momento del pago. El nuevo límite de $219.115 aplica exclusivamente de mayo en adelante.
  2. Verificación en sistemas: El equipo de recursos humanos debe confirmar que su software de remuneraciones ya tenga parametrizado este nuevo tope. Si utilizas plataformas como Talana, esta actualización se realiza de manera automática con los indicadores vigentes de Previred y el SII.

 

Gratificación garantizada vs. gratificación legal: ¿cuál es la diferencia?

Es un punto de confusión frecuente, aunque la distinción clave está en lo siguiente:

  1. Gratificación legal (Art. 47): depende de las utilidades de la empresa. Si no hay utilidades, no hay obligación.
  2. Gratificación garantizada (Art. 50 pactado en contrato): el empleador se compromete a pagar el 25% del sueldo imponible con tope de 4,75 IMM, independientemente de si la empresa tuvo utilidades o no. Es la modalidad que aparece en la mayoría de los contratos de trabajo chilenos.

¿Cómo automatizar el pago de la gratificación?

Talana actualiza automáticamente los indicadores previsionales (IMM, UTM, tasas de AFP) en tiempo real desde Previred y el SII. Esto significa que el tope de gratificación se ajusta solo, sin que el área de RRHH tenga que recalcular manualmente cada vez que cambia el sueldo mínimo.

Además, el módulo de Remuneraciones de Talana:

  1. Calcula la gratificación mensual de cada trabajador según su sueldo imponible y el tope vigente.
  2. Genera la liquidación de sueldo con el desglose correcto para firma digital.
  3. Alerta cuando hay trabajadores que superan el tope o que tienen condiciones especiales en su contrato.
  4. Permite simular escenarios de cambio de IMM para proyectar el impacto en la planilla.

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Preguntas frecuentes

Sí. Los trabajadores a tiempo parcial tienen derecho a gratificación proporcional a su jornada y a los meses trabajados. El cálculo se realiza sobre su remuneración imponible efectiva.

Sí. Si queda gratificación proporcional por pagar al momento del finiquito, debe incluirse en el cálculo. Es uno de los ítems que más frecuentemente se olvida y genera contingencias laborales.

El trabajador puede denunciar la situación ante la Dirección del Trabajo (DT). El empleador quedará sujeto a multa y deberá pagar la deuda reajustada por IPC más intereses.

Solo si no obtuvo utilidades líquidas en el ejercicio comercial anterior (bajo el Art. 47). Si el contrato establece gratificación garantizada (Art. 50), la obligación existe aunque no haya utilidades.



No. La gratificación legal es obligatoria por el Código del Trabajo. El aguinaldo es un bono voluntario que algunos empleadores otorgan en fiestas patrias o navidad, generalmente por convenio colectivo o decisión de la empresa.