Contrato por obra o faena en Chile: Límites y usos
Gestionar proyectos con alta variabilidad de personal exige agilidad sin descuidar el cumplimiento laboral. En rubros como la construcción, la minería o los servicios, el flujo de trabajadores cambia mes a mes. En ese escenario, contar con reglas claras resulta clave para sostener la operación.
El contrato por obra o faena en Chile resuelve la necesidad de adaptar la dotación a la duración real de cada proyecto. También conocido como contrato por proyecto, su uso requiere precisión técnica. Un error en la redacción o un control deficiente de los plazos puede transformar una relación laboral temporal en un contrato de plazo indefinido.
¿Qué es un contrato por obra o faena?
El contrato por obra o faena determinada es una modalidad laboral de duración determinada, limitada a la duración de una obra material o intelectual específica. Su vigencia está supeditada al término de la labor para la cual fue contratado el trabajador y está regulado en el artículo 10 N°3 del Código del Trabajo.
Esta modalidad se utiliza cuando la empresa necesita ejecutar una obra material o desarrollar una actividad material o intelectual específica y determinada, cuya finalización puede identificarse objetivamente.
A diferencia del contrato a plazo fijo, la fecha de término no se establece mediante un día exacto del calendario. El vínculo finaliza cuando concluye la obra o faena determinada, sin necesidad de fijar una fecha específica.
Esta alternativa permite ajustar los costos de nómina a la realidad de los encargos comerciales. De este modo, la estructura financiera de la empresa no se ve comprometida al terminar una faena.
Diferencias entre contrato a plazo fijo y por obra o faena
Aunque pueden parecer similares, existen diferencias importantes entre ambos contratos:
Fecha de término
En el contrato a plazo fijo se establece una fecha calendario exacta de término. En el contrato por obra o faena, el fin depende de la conclusión de la obra o faena determinada, independientemente del tiempo que haya transcurrido.
Plazo máximo de duración
El contrato a plazo fijo tiene un límite legal de un año, extensible a dos para profesionales o técnicos. En cambio, el contrato por obra no tiene un plazo previamente definido, ya que su duración depende exclusivamente del proyecto.
Causal de término de contrato
El contrato a plazo fijo termina por el vencimiento del plazo acordado. En cambio, el contrato por obra finaliza por la causal establecida en el artículo 159 N°5 del Código del Trabajo.
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Característica |
Contrato a plazo fijo |
Contrato por obra/faena |
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Fecha de término |
Determinada (ej: 31 de diciembre) |
Indeterminada (cuando termina la obra) |
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Plazo máximo |
1 año (2 años en casos especiales) |
Sin límite de tiempo definido |
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Conversión a indefinido |
Si se renueva más de 1 vez |
Si la obra se convierte en actividad permanente |
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Renovación |
Permitida con límites |
No aplica (termina al concluir la obra) |
Requisitos para redactar un contrato por obra o faena
Estos son los principales elementos que debe incluir un contrato por obra o faena:
Individualización precisa del proyecto
La labor encomendada debe quedar claramente delimitada en el documento. Debes evitar descripciones genéricas como "servicios de construcción" o "labores administrativas". La función debe vincularse directamente con una obra material o intelectual claramente identificable.
Temporalidad de los servicios
La obra contratada no puede corresponder a servicios de carácter permanente ni formar parte de la actividad habitual de la empresa. Debe tratarse de una labor temporal, limitada a la duración del proyecto.
Autonomía del encargo
El servicio debe estar asociado a una faena específica, un centro de costo o un hito operativo identificable. Esto facilita justificar la causal de término ante la Dirección del Trabajo y demostrar que el trabajador fue contratado para una obra material o intelectual específica.
Riesgos y límites del contrato por obra o faena
Aunque es un contrato válido, su uso indebido puede generar conflictos laborales y sanciones:
- Desnaturalización del contrato por obra o faena: Ocurre cuando la persona continúa prestando servicios después de finalizada la obra o cuando desarrolla servicios de carácter permanente. En esos casos, los tribunales pueden considerar que existe una relación laboral propia de un contrato de plazo indefinido.
- Encadenamiento sucesivo de contratos: Firmar contratos continuos por distintas faenas sin una interrupción real puede interpretarse como un vínculo laboral permanente. La Ley N.º 21.122 incorporó modificaciones al Código del Trabajo mediante el bis del Código, reforzando la regulación de esta modalidad contractual y sus límites.
- Redacción vaga del fin de la faena: Si la cláusula de término no especifica el hito exacto de cierre, el trabajador puede impugnar el despido. La falta de claridad genera contingencias legales y multas administrativas.
Pasos para gestionar contratos por obra o faena
Seguir un proceso definido facilita el cumplimiento de las obligaciones legales:
1. Delimitación del alcance operativo
El área de operaciones y la administración deben definir la faena exacta y la etapa específica donde participará el trabajador.
2. Emisión e individualización del contrato
Redacta el documento vinculado formalmente al trabajador con la obra y el centro de costo asignado. Es importante identificar la obra o faena determinada para evitar futuras controversias.
3. Monitoreo del avance de la obra
Haz un seguimiento directo de la faena para anticipar la fecha de término del hito operativo junto al equipo en terreno.
4. Notificación de término y finiquito
Una vez completado el servicio, notifica el término del contrato y emite el finiquito dentro del plazo legal. Debes incluir el pago del feriado proporcional, las remuneraciones pendientes y otros haberes devengados.
Además, cuando corresponda, el trabajador tendrá derecho a la indemnización legal equivalente a dos y medio días de remuneración por cada mes trabajado, considerando también el mes trabajado y fracción superior a quince días, según lo establecido para esta modalidad. Este beneficio obliga con el respectivo empleador cuando se cumplen los requisitos legales.
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Gestionar contratos por obra o faena de forma manual aumenta el riesgo de errores, incumplimientos y pérdida de trazabilidad. Con Talana, a través del Gestor de Contratos, el módulo de Firma Digital y Gestión de Personas, puedes administrar todo el ciclo contractual desde una sola plataforma:
- Centraliza la gestión de contratos y anexos en un único repositorio, manteniendo la documentación de cada trabajador organizada y siempre disponible.
- Vincula cada contrato a proyectos y centros de costo específicos, facilitando la administración de trabajadores contratados por obra o faena.
- Recibe alertas automáticas sobre vencimientos y fechas clave, para gestionar renovaciones, términos de contrato y finiquitos dentro de los plazos establecidos.
- Obtén firmas electrónicas desde cualquier dispositivo, agilizando la formalización de contratos y anexos, incluso para equipos en terreno.
- Mantén la trazabilidad de todo el ciclo contractual, registrando el historial de documentos, firmas y cambios asociados a cada trabajador.
Preguntas frecuentes sobre el contrato por obra o faena
¿El contrato por obra tiene derecho a semana corrida si la remuneración es variable?
Sí. Los derechos del trabajador no dependen del tipo de contrato, sino de la naturaleza de su remuneración. Si trabaja por trato o tiene ingresos variables, la semana corrida aplica normalmente.
¿Cuánto se paga de AFC en un contrato por obra o faena?
El 3% íntegramente a cargo del empleador (2,8% a la CIC del trabajador y 0,2% al FCS). El trabajador no cotiza en estos contratos.
¿Puede haber fuero sindical en un contrato por obra?
Sí. Si el trabajador tiene fuero (por ejemplo, por ser dirigente sindical o por estar en período de negociación colectiva), el empleador debe solicitar el desafuero judicial antes de poner término al contrato incluso cuando la obra concluye.
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