Corresponsabilidad parental: Ley de crianza en Chile
Hoy en día, en un mundo donde la mujer ocupa un rol cada vez más protagónico en el desarrollo empresarial, es muy importante poner sobre la mesa este tema.
¿Qué es corresponsabilidad parental?
Hace no tan poco tiempo, la crianza y cuidado de los hijos se veía como un rol de la mujer, pero hoy es un trabajo que tanto padre y madre deben participar de manera equitativa, aunque vivan separados, ambos deben participar de forma activa y permanente en la educación y crianza de sus hijos.
Es por esto, que las organizaciones deben sumarse y aportar en la igualdad de género en el lugar de trabajo para que estas medidas sean exitosas.
¿Qué se dice en Chile actualmente sobre la corresponsabilidad parental?
Según el “Manual de corresponsabilidad parental en el mundo del trabajo” realizado por la Universidad Alberto Hurtado, la Unión Europea y Fundación Chile Mujeres, desde el año 2013, con la Ley N°20.680 se consagra directa y expresamente en Chile la corresponsabilidad parental como el principio por el cual ambos padres, vivan juntos o no, puedan participar de forma activa, equitativa y permanente en la crianza y educación de sus hijos.
La legislación laboral ha avanzado en incorporar al padre como responsable de la crianza, cuidado y educación de sus hijos en forma activa. Sin embargo, a pesar de que en Chile las mujeres tienen los mismos niveles de educación superior que los hombres, presentan 22 puntos porcentuales menos de participación laboral.
Por esto es tan importante que las organizaciones promuevan la corresponsabilidad parental, con medidas como permiso prenatal y postnatal parental más extensos por nacimiento de hijo, por adopción, para alimentación o para cubrir otras atenciones necesarias, como enfermedades.
Derecho laboral en el embarazo
En Chile existen derechos laborales irrenunciables que la ley entrega a todas las mujeres trabajadoras por estar embarazadas. También, en algunos casos, este derecho se extiende a los padres.
Fuero maternal
Esta es una protección que la ley otorga a la maternidad y se trata de la prohibición de un empleador de poner término al contrato de trabajo, sin la autorización previa del juez competente, es decir, sólo una sentencia judicial, podrá autorizar el despido de una trabajadora sujeta a fuero maternal.
Se extiende desde el momento del embarazo hasta 1 año después de expirado el período postnatal, es decir cuando el hijo ha cumplido 1 año y 84 días.
¿Quiénes tienen este beneficio?
🤰🏻 Todas las colaboradoras embarazadas que dependan de cualquier empleador, que estén acogidas a un sistema previsional. Desde el momento en que queda embarazada.
🧔🏻♂️ Los padres, desde el fallecimiento de la madre.
👩🏻❤️👨🏼 Padres o madres adoptantes, en ciertos casos. Desde la resolución que aprueba la adopción.
Descansos de maternidad
Acredita tu embarazo con un certificado del médico/a o matrón/a ante el empleador/a para hacer uso de tus permisos.
- Permiso Prenatal
6 semanas (42 días) anteriores a la fecha probable de parto. - Permiso Postnatal
12 semanas (84 días) contadas desde el nacimiento. -
Permiso de Postnatal Parental
Consiste en el derecho a descanso de maternidad, por un período que comienza una vez cumplidas las 12 semanas después del parto, y que puede ejercerse de las siguientes maneras:
-
12 semanas a jornada completa, con 100% subsidio con tope de 66 UF brutas.
-
18 semanas a media jornada, con un 50% de subsidio correspondiente.
-
Para avisar al empleador debes hacerlo 30 días antes de comenzar el postnatal parental mediante una carta certificada indicando la forma en que lo realizarás.
Para el traspaso de Postnatal Parental al padre:
📝 Ambos padres deben ser trabajadores
📝 La decisión es de la madre
📝Se pueden traspasar hasta 6 de tus 12 semanas de postnatal parental jornada completa, o bien hasta 12 de las 18 semanas de postnatal parental de jornada parcial.
*El derecho al descanso, pre, post natal y post natal parental, se tiene sin importar la fecha de ingreso al trabajo.
Subsidios de los permisos prenatal, postnatal y postnatal parental:
Consiste en el pago de una prestación, que permite a la colaboradora continuar recibiendo sus ingresos, durante el periodo en que hace uso del permiso de maternidad.
Equivale al total de las remuneraciones y asignaciones que la colaboradora perciba, del que se deducirán las imposiciones de previsión. Su tope corresponde actualmente a 66 UF.
Tienen derecho a subsidio las colaboradoras dependientes que cumplan con:
🤰🏻 Tener 6 meses de afiliación previsional
🤰🏻 Tener 3 cotizaciones en los 6 meses anteriores a la licencia.
Las trabajadoras independientes que cumplan con:
🤰🏻 Tener 12 meses de afiliación previsional
🤰🏻 Tener 6 cotizaciones en los 12 meses, continuos o no, anteriores al inicio de la licencia
🤰🏻 Haber pagado la cotización del mes anterior a la licencia.
Postnatal masculino
El padre con contrato vigente de trabajo, tendrá derecho a un permiso pagado de 5 días en caso de nacimiento de un hijo, y postnatal masculino, el que podrá utilizar como prefiera dentro de las siguientes opciones:
- Desde el momento del parto, y en este caso será de 5 días corridos sin interrupciones, salvo que se trate de feriados o fin de semana.
- Distribuir los 5 días dentro del primer mes desde la fecha de nacimiento. En este último caso, podrá distribuir los cinco días de permiso pagado en las oportunidades que el trabajador estime pertinente, sea en forma continua o fraccionada.
¿Sabías que uno de los beneficios de trabajar en Talana, es que nuestros nuevos papás tienen 3 semanas extra de postnatal? Sí, no mentimos cuando decimos que queremos realmente queremos entregar el mejor lugar y experiencia laboral a nuestro equipo.
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